La nueva Constitución de la Ciudad de México, da un mayor peso al multiculturalismo neoliberal
- comunicacionuacm
- 11 oct 2018
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Los derechos culturales de los pueblos indígenas han pasado por varias etapas: una de negación total; otra de asimilación de las culturas de los pueblos indígenas a la cultura hegemónica de los Estados-Nación; y una tercera etapa, más contemporánea, de un multiculturalismo neoliberal en la cual, varias constituciones en nuestro país, les dan más peso a los derechos civiles, políticos, consulta y participación, y dejan de lado derechos sociales y culturales, señaló Alejandro Velázquez, en el marco del Coloquio La Cultura ancestral de los pueblos, barrios originarios y comunidades indígenas en la Nueva Constitución de la Ciudad de México, que entró en vigor el 17 de septiembre.
Velázquez, quien participa con los pueblos originarios de Xochimilco en la defensa del territorio frente a los megaproyectos, dijo que la postura de muchos pueblos originarios ha sido crítica. Primero, una crítica al proceso en el cual se crea esta Constitución, como una imposición por parte del Estado mexicano, como un proceso ilegítimo que no contó con la participación de los pueblos y que, incluso, toda la Constitución de la Ciudad de México no fue consultada con los pueblos originarios en las comunidades indígenas; sólo fueron consultados los artículos que hacen referencia al tema de los pueblos.
La nueva Constitución sí reconoce ciertos derechos culturales y libertades, pero al mismo tiempo afecta los derechos de las propiedades comunales o los derechos agrarios de los pueblos indígenas, es decir tiene una visión que tiende a favorecer al régimen de la propiedad privada en contra del régimen agrario o al régimen de la propiedad comunal. Ésta es una de las críticas que los pueblos de Milpa Alta, principalmente de la Asamblea Autónoma de los Pueblos de la Cuenca de México, porque son sus territorios y tierras, que son principalmente propiedad agraria, propiedad comunal.
Los representantes de Milpa Alta señalaron que la entrada en vigor de la nueva Constitución de la Ciudad de México, no es motivo de fiesta, sino que es momento de reforzar la lucha y oponerse a una constitución de corte neoliberal que no respeta y mucho menos garantiza los derechos territoriales de los pueblos originarios, los pueblos tenemos el derecho a oponernos a leyes injustas.
Velázquez enfatizó la relevancia de que en la nueva constitución sea vinculante el texto de la Declaración de las Naciones Unidas sobre Derechos de Pueblos Indígenas, que es algo que no pasa en otros textos constitucionales; es decir, es positivo que esta Declaración sea vinculante para las autoridades de la Ciudad de México.
El ponente precisó algunos de los artículos de la nueva Constitución, por ejemplo la cultura: el Artículo 2º menciona que la Ciudad de México es intercultural, tiene la composición plurilingüe, pluriétnica y pluricultural; se funda en la diversidad de sus tradiciones, sus expresiones sociales y culturales. En este sentido, no solamente está señalando un hecho, sino también una serie de obligaciones para el Estado mexicano; es decir, cada vez que se piensa hacer programas de gobierno, decisiones administrativas o legislativas, se tiene que tomar en cuenta el carácter pluricultural de los habitantes de la Ciudad de México, es decir, no solamente está reconociendo un hecho cuando dice: es intercultural, pluri étnica, sino también un deber ser, es decir las autoridades deben sujetarse a esta composición.
El Artículo 8º, añadió, señala que toda persona, grupo o comunidad, goza del derecho irrestricto de acceso a la cultura pero –como es sabido– el tema de la cultura no es sólo un tema de acceso a la cultura, sino un tema del ejercicio, que tiene que ver con la autonomía individual para determinar cuál va a ser su propia identidad, cómo la va a proteger, preservar y mantener. Pero ¿cuál es la cultura a la que se refiere la Constitución de la Ciudad de México? Se refiere a la cultura de los órganos del Estado mexicano, una cultura occidental, ¿o se refiere a estas culturas o multiplicidad de culturas? Sólo mencionan el acceso a la cultura, como si fuera una cultura única.
Este mismo artículo dice que las personas, grupos o comunidades tienen derecho a elegir y que se respete su identidad cultural, en la diversidad de sus modos de expresiones, conocer y que se respete su propia cultura, como también las culturas que en su diversidad constituyen el patrimonio común de la humanidad.
También señala que tienen derecho a ejercer las prácticas culturales y seguir un modo de vida social en sus formas tradicionales de conocimiento, organización, siempre y cuando no se opongan a los principios y disposiciones que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales y la Nueva Constitución, aseveró Alejandro Velázquez.
Cada una de las disposiciones de la Constitución de la Ciudad de México tendrá que llevarse a leyes secundarias. Es cuando realmente se discuten cómo se van a implementar los derechos; la Constitución establece el derecho, la legislación secundaria lo específica y los reglamentos terminan por negarlos. La constitución establece un máximo estándar, pero luego se terminan restringiendo los derechos, finalizó.
Este Coloquio estuvo auspiciado por el Circulo de Saberes Plantel San Lorenzo Tezonco y la Fundación Camino Rojo, A. C y organizaciones y colectivos de la Ciudad de México y de otras entidades federativas.